Se reincorporan los diputados del PSUV ¿o exdiputados?

por | Sep 25, 2019 | Actualidad

Luego de que unas personas se atribuyeran la capacidad de decidir los designios de toda una facción política –mayoritaria–, se produjo un “acuerdo” entre esas personas y el régimen de Maduro, uno de los puntos de dicho documento fue la reincorporación de los diputados del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), hecho que se produjo el pasado 24 de septiembre de 2019.

 

Pues como reseña la prensa, desde el 4 de abril de 2017 y como buena costumbre socialista los diputados de la facción roja, no asisten a sus puestos de trabajo. Y ud se preguntará ¿puede un diputado seguir siéndolo así no asista a su deber como representante de la ciudadanía?

 

Resulta que la constitución es muy clara en este tema, y así lo han hecho saber la facción mayoritaria en la Asamblea Nacional cuando señalan el artículo 191 de la carta magna el cual palabras más palabras menos prohíbe que un diputado tengo además de su cargo político, otro empleo u oficio –con las contadas excepciones– y este es el caso de quienes se han asumido como “constituyentitas” en la farsa que la dictadura para intentar darse visos de legitimidad democrática.

 

Por otra parte el artículo 148 de la constitución señala que la aceptación de otros cargos remunerados implica la renuncia del cargo previamente ostentado de manera tácita. Pero supongamos que existe algún diputado de esa facción que haya quedado fuera de la “maquinaria política roja” y se pretenda reincorporar ¿puede hacerlo sin sanción alguna?

 

Pues el tan mentado artículo 187, el cual establece las competencias y facultades de la Asamblea Nacional, en sus numerales 19 y 20 establece lo que se conoce como la facultad de autoregulación teniendo como límite la constitución y los derechos humanos, el numeral 19 contempla la posibilidad de que el órgano legislativo dicte su propio reglamento, en el cual se puede contemplar las faltas absolutas de sus miembros; eso significa que hoy día se podría declarar las faltas de los parlamentarios de la facción del PSUV, todo ello sumado a la posibilidad que da el numeral 20 del artículo 187 de calificar a sus miembros.

 

Entonces más que una conclusión de esta breve interpretación constitucional de los hechos políticos del país, mis dudas son ¿puede un político estar por encima de la constitución? ¿será que en Venezuela se premia no trabajar?

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