Por: Roberto Hung Cavalieri/ @robertohungc (*)
La denuncia es la posibilidad de un Estado parte de retirarse de un tratado internacional. Una vez que se denuncia ha de pasar un tiempo para que sea efectiva. Hay tratados de diversa índole unos si se pueden y otros que por su naturaleza no. Ejemplo. Los de derechos humanos que son irrenunciables y progresivos porque crean derechos de los ciudadanos y no de los Estados. Luego viene el tema de la legitimación, quien puede denunciarlo, no puede cualquier funcionario, depende de cada ordenamiento. Nuestro texto Constitucional eleva a ese rango los tratados de integración regional y el sistema de la OEA es el mas representativo, por lo que cualquier actuación de este tipo afecta la integridad del sistema constitucional y no puede un solo funcionario, o grupo de funcionarios, siquiera la Sala Constitucional hacer o permitir la denuncia ya que vaciaría aun más la Constitución de su contenido. Veamos como un caso importante en el que sale un Estado de un sistema de integración regional, en este caso de contenido principalmente económico como lo es la Unión Europea, el Reino Unido tuvo que ir a referéndum y no puede nunca un funcionario caprichosamente activar una denuncia como tal. Puede concluirse que en modo alguno es valida la denuncia del sistema de la OEA, por la naturaleza del sistema, por limitación constitucional y por ilegitimidad de los funcionarios. Aceptar que ello es posible incluso señalando que sólo sería efectiva pasados 2 años, es muestra de gran desconocimiento sobre la materia equiparable al de quienes sostienen la posibilidad de tal denuncia.
Roberto Hung Cavalieri
* Abogado de la Universidad Católica Andrés Bello. 1995. Caracas. Venezuela. Maestría en Derecho Económico Europeo. Université de Droit, d’Economie et des Sciences D’Aix-Marseille. 2001. Aix-en-Provence. Francia. Especialista en Derecho Procesal Constitucional. Universidad Monteávila. 2014. Caracas. Venezuela. Maestrando en Derecho Procesal Constitucional. Universidad Nacional Lomas de Zamora. 2015. Provincia de Buenos Aires. Argentina. En elaboración de tesis de grado. Profesor de la Universidad Católica Andrés Bello, Universidad Central de Venezuela y Universidad Monteávila. rhungc@gmail.com
0 comentarios