Lo que aprendí de Jesús Eduardo Cabrera Romero.

por | Mar 10, 2023 | Actualidad

En todas las actividades humanas y áreas del conocimiento siempre existirán personas que terminan siendo un referente para todos aquellos que forman parte del foro específico en el que se desenvuelven o desean hacerlo, especialmente para los nóveles que se van preparando en esas actividades y fijan su atención en aquellos predecesores o modelos para aprender de ellos y de alguna manera aspirar llegar a esas posiciones de referencia.

Lo dicho antes ha ocurrido, ocurre y así sucederá eternamente, sea en algún deporte, arte, oficio o profesión, y reitero, ello ocurre con mayor intensidad en las generaciones más jóvenes que van adentrándose es dichas actividades.

En el mundo del Derecho, como todas las actividades, desde los inicios de la humanidad, han sido cientos, miles, los nombres que quienes han influido e incidido en la formación de la cultura jurídica de las sociedades y en los tiempos en que han influido, sea porque la transitaron activamente con su actividad coexistiendo en el tiempo, o bien porque sus seguidores, sus estudiantes, pupilos, seguidores y otros han continuado y extendido sus criterios, enseñanzas y acciones.

Sea bien desde los pensadores clásicos de la historia, juristas y personajes influyentes en todas sus épocas, sea del derecho romano continental, o más precisamente, romanístico germánico, de derecho común, en la edad media, renacimiento, ilustración o posteriores, hasta la actualidad, sea de desde Colonia en Alemania, en el Reino Unido, Madrid, Washington, San José, Buenos Aires o Cabudare, surgirán estos personajes referenciales que marcaran a quienes hayan tenido la oportunidad de conocer su obra y acción. (Nótese que no he mencionado, y no lo haré, nombre alguno distinto al de Cabrera Romero).

Personalmente he tenido la fortuna  de conocer, compartir y aprender de muy interesantes personas que forman parte del foro jurídico desde los más conocidos con abundante obra escrita considerados una suerte de «Rock Stars» del Derecho, así como otros mucho más conservadores y que prefieren mantenerse al margen del foco muy particular de también esta suerte de farándula jurídica.

Realmente he sido afortunado de compartir con genuinos creadores  de pensamiento jurídico, en diferentes idiomas y contextos, con influencia y campo de acción tanto nacional, regional como global, influyentes en materias tanto tradicionales y generales así como específicas y novedosas. Importantes autores no solo en vida sino que también aquellos que si bien no nos acompañan físicamente, a través de sus obras, y de sus estudiantes, hoy también importantes profesores, hoy continúan transmitiendo sus ideas y conocimientos, especialmente de los diferentes relatos de experiencias vividas.

Así como en distintas sociedades surgen y ocurren determinados hechos y personajes que incisivamente marcan y dejan alguna huella desde la cual puede identificarse un antes y un después, en el caso venezolano han surgido a lo largo de su historia jurídica no solo republicana sino también con anterioridad a la existencia como Estado independiente, interesantes personajes que han hecho lo propio y que es prácticamente imposible no tenerlos en mente al momento de hablar de nuestra cultura jurídica.

En el caso de la historia de la justicia constitucional de Venezuela del siglo XXI, más específicamente desde el día 20 de enero del año 2000, Jesús  Eduardo Cabrera Romero, cambió, para bien o para mal, la cultura jurídica constitucional del país que se inauguraba con la primera decisión de la justicia constitucional de la recién creada sala especializada en la materia creada por el también recientemente aprobado texto constitucional, no obstante que posteriormente fuese reimpreso viéndose afectado tan importante ámbito, pero eso es otro tema.

Ocurre que por esas cosas de la vida, recientemente para el examen de un tema que se me presentó, entre las distintas obras y ponencias que leí, se encontraban muchas de las suyas, lo que en algún momento me trasladó a la maravillosa época de feliz juventud comprendida entre la avanzada adolescencia y temprana adultez, en la que tuve la oportunidad de haber sido su alumno de pregrado, creo que en 1993 o 1994. 

Fue entonces mientras me encontraba inmerso entre las «doctrinas» de sentencias constitucionales «vinculantes» y los recuerdos de aquellos maravillosos tiempos con sus actividades y encuentros explotó en mi mente la interrogante con la que inicié estas reflexiones ¿Qué aprendí de Jesús Eduardo Cabrera Romero? respondiéndome a mí mismo algunas ideas que son las que vengo aquí a compartir. 

No creo que exista profesional del Derecho o allegado al ejercicio de la abogacía en la Venezuela del Siglo XXI que no conozca, haya hecho referencia o usado algún criterio, sentencia, obra, pensamiento o criterio de Jesús Cabrera, es más, desde buena parte del final del Siglo XX, sea que se comparta o no, lo contrario, que alguien en el foro jurídico no lo sepa, nos obligaría a sospechar que la persona sea realmente abogado o haya estudiado Derecho. Aunque por el foro se escucha que abundan hoy casos de sedicentes abogados y hasta algunos que ocuparían elevados puestos reservados a verdaderos juristas que poco, muy poco, por no decir nada, sería el Derecho que saben, pero ese tampoco es el caso a tratar aquí hoy.

Mientras ubicaba y leía a nuestro autor para el caso puntual, muchas fueron las conversaciones que recordaba haber sostenido con un importante número de personas en la que se le mencionaba, lo que  confirmaba aún más su influencia, no solo en mí, que fui su alumno, entre muchísimos otros, sino a la cultura jurídica venezolana.

Son realmente innumerables los temas y contextos en los que puede salir a relucir, y que pueden ir desde aspectos de derecho probatorio, que era la materia en la que fue alumno, pero también puede aparecer referido en asuntos de argumentación, atención de importantes casos bancarios, luego asuntos de materia constitucional, amparo, la idea de noción de «jurisprudencia normativa, lo famosos créditos indexados, requisitos constitucionales para ser magistrado del tribunal supremo de justicia, valor probatorio del fax, hasta sobre relaciones sentimentales estables de hecho que han incidido en la creación del llamado concubinato putativo, y qué decir de sus precisiones sobre las «tarjas», las cuales tengo siempre presentes en mis recientes investigaciones sobre el fenómeno del Blockchain.

En conversaciones sobre el personaje y su obra, no es difícil encontrar desde los más acérrimos detractores hasta los más intensos y hasta ciegos seguidores que lo consideran una suerte de iluminado, sobre lo cual no opinaré, es más, de sus obras, la más reciente de  1010 páginas y más específicamente sus ponencias, hemos de indicar que han servido como iniciador de muchas ideas y tesis que pueden igualmente concluir tanto en posturas que plenamente se identifican con las suyas así como otras absolutamente contrarias a lo por él propugnado, pero no hablemos de eso.

Jesús Eduardo Cabrera Romero, como profesor de pruebas tenía una particular metodología para impartir la materia, una suerte de doble historia, así como en la película de El Padrino II, en la que se narran dos historias en de distintos tiempos, ya que al inicio del programa académico se basaba en la ocurrencia de un hecho real y a la que se le adicionaban distintas hipótesis alternas que relacionaba con las diferentes unidades  del programa de estudio de las pruebas.

Recuerdo que en nuestro año el suceso fue un accidente el 28/09/1993 en el kilómetro 56 de la Autopista Regional del Centro en el que una maquinas que excavaba para la instalación de un cable de fibra óptica perforó un gasoducto que generó una explosión en la que fallecieron más  de cuarenta personas. (Hace poco tiempo conocí a un abogado de una firma  de Estados Unidos que participó en la atención de ese litigio, y se sorprendió de los detalles que yo tenía de los hechos).

El desarrollo de la materia era muy particular, y la evaluación aún más, ya que medida que nos adentrábamos es mayores profundidades en materia de medios de pruebas, su tratamiento y valoración, se asimilaba tu tratamiento con el acontecimiento real y sus variantes hipotéticas que surgían para comprender los temas.

Para la evaluación, el profesor asumía un Interesante procedimiento, efectuaba una evaluación  escrita general que era como exploratoria del nivel de comprensión de los estudiantes. Luego, en atención a los resultados nos ubicaba en tres grupos de los que dependería el nivel de dificultad de las siguientes evaluaciones.

Un primer grupo en el que se encontrarían aquellos con muy bajo nivel de comprensión de la materia, casi para personas con grandes dificultades cognitivas, luego un grupo general, y ya el tercero a los que sometería a exámenes que se conocían como «el monstruo».

Las pruebas nunca eran iguales, recordemos que existía un supuesto de hecho general común, la tragedia de Las Tejerías, pero cada alumno tomaba luego un papelito según el grupo que le tocaba en el que aparecían diversas preguntas escritas a máquina de que previamente elaboradas sobre los temas a examinar.

Cuenta la leyenda que en época de exámenes se veía al profesor Cabrera  sentado en la playa con una máquina de escribir elaborando las preguntas y que par de semanas después se le veía en el mismo lugar corrigiendo los exámenes.

No recuerdo exactamente en qué grupo quedé, solo sé que mis calificaciones jamás han sido sobresalientes, será porque nunca he estudiado por calificaciones sino prácticamente por la diversión de aprender, más importante aún, aprender a pensar y a crear ideas nuevas, lo que en ocasiones está reñido con estructuras de pensamiento rígidas y en las que las ciencias jurídicas suelen lamentablemente incurrir a menudo.

Algo que aprendí de la materia y las clases con Jesús Eduardo Cabrera Romero, y que luego de muchos años participando en otro programa académico pude confirmar,  la importancia a abordar un tema, un caso, desde su ocurrencia real, o como creemos que fue, y luego agregarle distintas hipótesis alternativas, las cuales atendiendo a sus también múltiples potenciales inferencias al ser verificados o no sus premisas, permiten ver mucho más allá de los casos concretos que por su cercanía no nos permiten levantar la mirada hacia horizontes y experiencias más extensas.

Ciertamente que ese ha sido sin duda el mayor aprendizaje de Jesús Cabrera más allá de las fases procesales, enunciados normativos, medios probatorios, su promoción, desarrollo y valoración, o la de recitar automáticamente jurisprudencia, práctica hoy en día agravada con las funciones de cortar y pegar.

Y ya que hablamos de jurisprudencia, comparto una anécdota que me ocurrió con el profesor Cabrera y que seguramente el no recuerde, y es que en la última evaluación que con él tuve en cuarto año de la carrera, en un examen oral, recuerdo que había conversad con mi papá una muy reciente decisión de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia (era 1994, no existía ni el tribunal supremo ni la sala constitucional) que casualmente se relacionaba los tema evaluados y que incluso modificaba algún criterio expuesto en clases, fue entonces cuando intentando justificar alguna de mis respuestas que no habrían convencido plenamente al evaluador sobre mi dominio del tema y le cito la sentencia me respondió: «la jurisprudencia es como el carnaval las hay de todas clases y colores»

No he tenido oportunidad como otros compañeros de tener a Jesús Cabrera como profesor en estudios de posgrado y otras actividades quienes probablemente su aprendizaje se dirigió m{as al área de la jurisprudencia, pero por la gran cantidad de compromisos y obligaciones prefiero por ahora quedarme con el aprendizaje de como poder extraer diferentes hipótesis alternativas de asuntos y la generación de soluciones creativas.

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